martes, 14 de mayo de 2013

Primer paso para la chatarrización de autos particulares en el país


No se cobrarán deudas 'viejas' de impuestos. Eliminan exigencias de Soat y RTM; y cobija a vehículos particulares matriculados del 2000 hacia atrás.

Tomada de Web 2.0

El Congreso de la República dio esta semana un importante paso hacia la ‘muerte definitiva’ de automóviles particulares inservibles –convertidos hoy en un grave problema ambiental–, al aprobar un proyecto de ley que permitirá agilizar y facilitar su chatarrización voluntaria.

El proyecto pasa a sanción presidencial y una vez esto ocurra, los Ministerios de Transporte y Medio Ambiente tendrán seis meses para reglamentar el proceso legal para la cancelación de la matrícula; y el procedimiento para habilitar las empresas de reciclaje, respectivamente..

A partir del momento en que entre en vigencia la ley, los propietarios de este tipo de vehículos que hayan sido matriculados desde el año 2000 hacia atrás, tendrán dos años para acogerse a los beneficios de la ley.

Esos beneficios son los que en primera instancia determinó el Congreso, uno de los más importantes, exonerar del pago de impuesto sobre vehículos a los propietarios que voluntariamente quieran acceder a la desintegración física.

La ley también elimina requisitos para la chatarrización como la exigencia del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) y la revisión técnico-mecánica (que ya estaban exceptuados por la Resolución 4775 de 2009 para la cancelación de matrícula), y aclara que los vehículos no deberán llegar por sus propios medios a la siderúrgica, como ocurre hoy con los de servicio público.

El punto de los impuestos era uno de los mayores obstáculos que hay en la reglamentación para cancelar la matrícula de automóviles que llevan años abandonados en garajes, talleres o potreros y que a la postre no representan ningún valor económico para sus propietarios ni tienen alta incidencia en el recaudo de impuestos de los municipios, pero sí representan un gran peligro para el medio ambiente.

“Esta ley genera un enorme beneficio ambiental evitando el daño que causan los carros abandonados y genera transparencia fiscal al permitir desmontar de los balances cuentas que nunca se podrán cobrar”, dijo el senador Juan Lozano, autor del proyecto (ver: ‘Un proyecto accidentado’, página 2).

Hoy, según reportes del Runt, el parque automotor colombiano está compuesto por 9’323.182 vehículos, incluidas las motocicletas (4’859.385). Los vehículos particulares (autos y camionetas) suman 3’558.980. Del total de registros (vehículos matriculados), 1’726.793 tienen más de 20 años de uso; y 1’128.460 tienen entre 16 y 20 años.

Esto significa que casi el 30 por ciento del parque automotor registrado es viejo u obsoleto, pero tampoco se puede decir que esté rodando por las calles pues muchos de ellos están varados o inservibles hace mucho tiempo, es decir, son ‘carros de papel’.

Si los ministerios del Medio Ambiente y Transporte reglamentan a tiempo la ley, y los propietarios de estos vehículos se acogen a la misma, no solamente se contribuirá a aliviar los problemas ambientales sino que se logrará depurar la base de datos del Runt y acercar el parque automotor colombiano a la realidad.

Los aspectos importantes de la ley.



*No es obligación. La desintegración (chatarrización) de un vehículo particular es voluntaria para vehículos particulares que correspondan a los modelos 2000 y anteriores.

*Exoneración de impuestos. Dentro de los dos años siguientes a la expedición de la ley, quienes tengan deudas por este concepto y quieran desintegrar sus vehículos, recibirán un paz y salvo por la totalidad de la obligación.

*Plazo. El propietario deberá, dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes, solicitar la cancelación de la matrícula.

*No aplica. Para los procesos de liquidación o de cobro coactivo que se hubieren iniciado antes de la entrada en vigencia de la ley. No podrán ser objeto de desintegración física y/o cancelación de matrícula los vehículos afectados por prendas, medidas cautelares o que sean objeto de depósito provisional en procesos penales.

*Soat y RTM. No se exigirán estos documentos ni se requerirá que llegue por sus propios medios a la entidad desintegradora.

Lo que queda pendiente
A partir de la sanción presidencial, el Ministerio de Transporte deberá reglamentar todo lo relacionado con los trámites para cancelación de la matrícula y precisar las condiciones para que un vehículo particular sea sometido a desintegración. Además, aclarar si se cobrará a los usuarios por la chatarrización.

Por el lado del Ministerio de Ambiente, el tema es más complejo pues se deberá iniciar un proceso para habilitar empresas interesadas en el reciclaje de automotores.

Aunque en el país ya existen normas para la disposición de llantas, baterías y aceites, se deberán fijar las condiciones para la disposición y tratamiento de fluidos, plásticos y vidrios.
Aclarar si las compañías podrán comercializar latas y autopartes en buen estado y quién asumirá el costo de transportar un vehículo hasta las plantas de tratamiento, entre otros aspectos.

Un proyecto accidentado
La nueva ley que aprobó el Congreso de la República esta semana empezó a gestarse en las páginas de la revista ‘Motor’, más exactamente a través de un editorial de su director, José Clopatofsky. El primer intento fue del entonces Ministro de Medio Ambiente, Juan Lozano, quien no tuvo éxito en esa oportunidad. Como congresita, Lozano presentó el proyecto, que en principio no tuvo el aval del Ministerio de Hacienda con el argumento de que se afectaban los recursos de los municipios. Superado este escollo, la ponencia favorable quedó en manos del representante del Cauca, Felipe Fabián Orozco, quien falleció sin poder tramitarlo. En el Senado, le correspondió a Piedad Zuccardi, pero allí tampoco tuvo suerte pues la congresista fue detenida por sus presuntos vínculos con grupos ilegales. Finalmente, esta semana, el Congreso lo aprobó luego de cuatro accidentados debates que lo tuvieron a punto de ser ‘chatarrizado’.

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